Chile: Inserción internacional sin malas prácticas
Por Hernán Narbona Véliz [i]
En este
artículo se releva la importancia creciente que está alcanzando en el comercio
mundial la variable ambiental, como consecuencia de una toma de consciencia
planetaria frente a la crisis climática, lo cual ha generado acciones desde la
sociedad civil, para exigir un cambio de paradigmas a las élites empresariales
y políticas, colocando la armonía con la Naturaleza como el centro, y la sustentabilidad
como prioritaria.
En el escenario global
contemporáneo se advierte un movimiento social contestatario disruptivo, contra
la institucionalidad que ha llevado al actual punto de crisis. Contra élites
que tienen una actitud negacionista y que siguen en la intención de mantener un
orden mundial basado en el petróleo y sus derivados, persistiendo en un
extractivismo depredador, recurriendo al uso de la fuerza o a la retorsión diplomática para debilitar la
soberanía de los Estados que intentan proteger sus territorios.
Pero, también hay sectores más centrados,
que buscan surfear la convulsión social, admitiendo que se vuelva a un Estado Regulador,
que se tribute debidamente, que se pueda accionar coordinadamente en medidas
que frenen el calentamiento global y sus consecuencias sociales.
Con el Acuerdo de Marrakech, 1995,
al crearse la OMC, Organización Mundial de Comercio, el Comercio Mundial
consolidó la mayor parte de las variables que hacen al intercambio de
mercancías y de servicios, incorporando la Protección de la Propiedad
Intelectual como nuevo ámbito del control, que interesa principalmente a los
sectores de producción tecnológica. Se fijaron parámetros en matera de
Inversión Extranjera, Libre Competencia, Dumping y Subvenciones. En general, se
establecieron reglas de conducta obligatorias para los Estados miembros,
quedando fuera los temas laborales y los ambientales. Los temas relacionados con
el trabajo, sindicatos, quedaron en la OIT, Organización Internacional del
Trabajo, mientras que el tema medio ambiental se siguió desarrollando por otros
carriles de las relaciones internacionales.
Con esta referencia inicial, el
cambio climático es la preocupación central de la última década. 26 Cumbres del
Clima se han realizado y la emergencia que surgió en Glasgow, Escocia, fue estar
cruzando la línea roja del no retorno. Ahora, más que nunca, los 197 países que han
ratificado el Convenio Marco de las de
las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), deben tomar decisiones
para lograr mitigar los efectos climática.
En este contexto, está cobrando
relevancia la aplicación de las reglas de la OMC en materia de prácticas
desleales contra las cuales los Estados pueden accionar, usando los mecanismos contemplados
para la Solución de Controversias en la OMC, principalmente respecto a Dumping
y Subvenciones y, en especial respecto al Eco-dumping. El dumping es la acción
persistente de un agente económico que aplica precios artificialmente bajos a
sus productos, causando un daño real o inminente a otros competidores. En la
OMC se han dirimido controversias por acusaciones por dumping al acero, al
cemento, resinas. En general, China ha sido muchas veces acusada y esto ha sido
parte de la guerra comercial de la era Trump. Algo importante de entender es que
cuando un país es denunciado por dumping, la investigación se extiende a todos
los exportadores de sector y no se acota al operador cuestionado. Esto
significa que un exportador con malas prácticas puede perjudicar a exportadores
que venden a precios no distorsionados. Razón que exige una fiscalización
pertinente para evitar ser denunciado como sector exportador/país.
En una controversia por dumping o
subsidios, el país denunciante debe demostrar la relación de causalidad entre
un daño, sufrido o inminente, y el
precio irreal del competidor. Entonces, puede aplicarle derechos antidumping.
En Chile la aplicación del
Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del GATT de 1994, el Acuerdo
sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, el Acuerdo sobre Salvaguardias, el
Acuerdo sobre la Agricultura, el artículo VI del GATT de 1994 y el artículo XIX
de este último. quedó radicada en la Comisión Nacional Anti Distorsiones, la
cual está integrada por el Fiscal Nacional Económico; dos representantes del
Banco Central de Chile, ) el Director Nacional de Aduanas y representantes de
los Ministerios de RREE, Hacienda, Economía, Fomento y Turismo, y Agricultura.
El eco-dumping o Dumping
Ambiental
Se incurriría en dumping
ecológico (o ambiental) cuando un exportador gana competitividad internacional
gracias a que no cumple una regulación ambiental, o bien ésta es ineficaz o
laxa.. Vale decir, cuando el productor incumple
normas ambientales, esto le significa no asumir costos ambientales, que en
rigor debiera pagar, con lo que vende para exportación a precios
artificialmente bajos, desplazando así, deslealmente, a la competencia. El
dumping ambiental se configura con el hecho objetivo de no cumplir una norma o bien
eludirla ante una autoridad feble; causando un daño a quienes sí cumplen las normas
exigibles.
En las dos primeras décadas de este
siglo XXI, los conflictos socio-ambientales
se ligan principalmente a actividades económicas extractivas como la minería,
la explotación forestal o la generación de energía (centrales hidroeléctricas,
termoeléctricas o gas). En la medida que la ciudadanía ha ido escalando en sus
reclamos frente al modelo imperante, más se han ido transparentando los conflictos sociales y socio-ambientales,
en especial, a partir de la explosión social de octubre 2019.
La permisividad que ha existido
en las reglas ambientales, manipuladas por el tráfico de influencias, ha significado cargar los costos ambientales a
las comunidades afectadas por la contaminación. Con esto, los pasivos
ambientales no los paga la industria y exporta en situaciones pasibles de
denuncias por dumping ambiental. Aparece, por ende, la urgente necesidad de
revisar las normas regulatorias y las actividades contaminantes, al trasluz de
lo que debe ser una correcta inserción internacional de Chile, con proyectos
que cubran sus obligaciones con el medio ambiente y los trabajadores. En este
sentido, mantener vigente la Ley de Pesca, rotundamente viciada por la corrupción,
daña profundamente la imagen país frente a nuestras contrapartes.
Las exportaciones de celulosa,
madera (pino y eucaliptos), paltas, salmones, minerales, deben dar cuenta de los
pasivos ambientales que están dejando, de la depredación de ecosistemas y la morbilidad
derivada de la polución sobre las personas.
Fijar regulaciones con los
estándares de otros países, sería nivelar a nuestra industria a parámetros de aceptabilidad
internacional, preservando el bien común y el medio ambiente.
Dumping Social
Otra arista de incumplimiento de
los proyectos exportadores es cometer dumping social, lo cual se configura cuando
un productor- exportador elude las leyes del trabajo u otras que protejan la
niñez o que establezcan reglas sanitarias, de equipos de protección personal, de
seguridad social. Cuando el empresario incumple,
se generan distorsiones en los precios
de exportación y eso es competencia desleal, denunciable ante la OMC.
Este tipo de dumping social se configura en
situaciones como, el trabajo de niños, en el trabajo esclavo, trabajo de reos, en
la evasión de leyes sociales, al incumplir las normas sobre accidentes del
trabajo, faltara los pagos previsionales, no pagar cobertura en salud, no
reconocer tiempos de descanso, vacaciones. Todo trabajo precario, temporero, informal, que signifique violar
reglas establecidas, puede configurar y dar motivo a este dumping social o dumping
laboral.
Conclusión
Las exportaciones chilenas
primarias se han desarrollado con
enormes pasivos ambientales y sociales. Debemos salir del modelo extractivista
neoliberal y entender que los inversionistas internacionales no se irán de
Chile si se les exige cumplir con la legalidad, ya que sus corporaciones están
acostumbradas a cumplir exigentes estándares en los países desarrollados, donde
la fiscalización es inflexible y drástica. Haber aplicado en las exportaciones normas
débiles y un libre comercio mal
entendido, ha significado normalizar en la economía malas prácticas, de abuso y
corrupción, que el comercio mundial rechaza y sanciona.
El extractivismo, sumado a leyes
corruptas en su génesis, que nadie ha tenido la voluntad política de derogar,
nos ha degradado en el concierto internacional a un estadio neocolonial, lo
cual se debe corregir para recuperar el prestigio de un país decente, que
compite lealmente.
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