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Este es un espacio de periodismo de análisis y opinión, desarrollado por Hernán Narbona Véliz, Poeta y Escritor chileno. Administrador Público, Licenciado en Relaciones Internacionales, Columnista de diversos medios, miembro de Periodistas Frente a la Corrupción.
La difícil columna de cierre 2025
Cada fin de año me
animaba escribir una columna de síntesis con una somera evaluación del período. Sin
embargo, en este 31 de diciembre falta distancia aún frente a las elecciones vividas.
Y esta aprensión quizá sea por la impunidad que temo vuelva a darse frente a la
delincuencia económica que ha cundido en Chile, donde todo se tira bajo la
alfombra o a la vía muerta.
Desde el formato autoimpuesto
de periodismo independiente, por décadas he venido siguiendo la ruta de la
corrupción que ha ido permeando al Estado y la sociedad civil. Distintos
estamentos, políticos, policiales, castrenses, educacionales, religiosos han
sido corroídos por la entropía de las malas prácticas y el relativismo ético. Y en esa decadencia, esas élites han perdido
legitimidad frente al pueblo, lo que ha generado una desconfianza extendida
frente a la institucionalidad, lo cual debilita el sistema democrático.
Es que, ante la
evidencia de representantes populares que dan la espalda a sus representados y
gobiernan en un sentido totalmente opuesto al de sus encendidos discursos, la
mentira se desmorona y aparece visceralmente el descreimiento, la anomia y el
voto castigo. La sociedad civil, los sectores sociales en general, toman
distancia de esos políticos de secta y se alejan de la política practicada sin
principios, convicción, ni siquiera competencias, y se advierte al cierre del
2025 un murmullo que quizás sea el inicio de un proceso social de base en donde
el cliché de ese político “progresista marketero” del despotismo ilustrado, “todo
para el pueblo, pero sin el pueblo” genera un amplio repudio.
Este año, con el caso
Chadwick-Hermosilla, se destapó el
tráfico de influencias en la Justicia. Es difícil seguir la cantidad de casos en
que magistrados de máximo nivel están hoy siendo procesados por relaciones
impropias y delitos contra la probidad. Porque es tenebroso el poder que
construyeron esas mafias para instalar jueces y dirigir las sentencias
judiciales a su amaño. Se desconoce aún la cantidad de causas judiciales que se
dictaron distorsionadas por estos hilos de influencia y pago de favores. Quizás
próximamente presenciaremos querellas contra el Estado por sentencias
judiciales que ameritan ser revisadas por haber sido llevadas en medio de estas
relaciones oscuras que alteraron la máxima de una Justicia ciega e imparcial.
Pero quiero destacar
algo positivo que constituye una importante señal esperanzadora: por unanimidad,
ha sido elegida Presidenta de la Corte Suprema la Magistrada Ana Gloria Chevesich,
quien culmina una impecable carrera que la sitúa como la emblemática jueza
anticorrupción que enfrentó estoica a los poderes fácticos de este país.
Corresponde referirse
a la debacle del gobierno frenteamplista. A la fecha, no se ha escuchado un mea
culpa serio, se sigue escuchando que lo hicieron regio y que fue el soberano el
que perdió las luces. Es más, algunos andan con la calculadora proyectando su
estrategia para el 2030. Lo cierto es que el poder en Chile, en este modelo
neoliberal, los partidos políticos han monopolizado la representación popular, tal
como los grupos económicos han concentrado la riqueza; ambos mundos conversan,
tienen vasos comunicantes y son funcionales al sistema. Que Boric haya firmado
el TPP 11 fue una señal de obsecuencia frente a los intereses corporativos globalistas,
que pesará en la historia. Ahora ha ingresado al juego, en forma disruptiva, una
fuerza de derecha más dura, diferente, representada por el presidente electo
José Antonio Kast, que anuncia remezones al statu quo existente.
Este cierre de 2025 es
un punto de inflexión en donde el contexto internacional tendrá una fuerte
repercusión. Mantener una posición de Estado neutral frente a las
confrontaciones mundiales, será difícil y evitar la presión imperial sobre lo
que asume como patio trasero será otro aspecto de tensión. Cuando el Derecho
Internacional es borrado por acciones de fuerza y retorsión, los países de
América Latina debemos volver la mirada a nuestros próceres, para mantener
márgenes de maniobra en un orden mundial en reestructuración.
Me quedo con la
convicción que los malos son los menos, pero se notan más pues, con su poder,
moldean la opinión pública. El hecho es que existen personas íntegras y que
ellas son más y trabajan sin aspavientos por sus principios y convicciones. Por
eso, la elección de la Magistrada Ana Gloria Chevesich como Presidenta de la
Corte Suprema, nos devuelve el ánimo de que se podrá construir, más temprano
que tarde, un país más decente.
Hernán Narbona Véliz
Periodismo Independiente
Corresponsal en Valparaíso de la
Razón.cl
31 de diciembre de 2025
Aquí vamos los soñadores barajando el albur de
la impiedad urbana, menoscabados por las muchedumbres que otean con su ojo
cíclope las catástrofes cotidianas. Vamos convencidos de que el lenguaje crea
realidades y lo usamos como un ariete, a brocha gorda contra muros
infranqueables.
Muchos nos extraviamos, robando pantallas y, al
vernos, el titiritero se ríe de nosotros, torpes y pontificantes, ególatras
hormigas queriendo conquistar un
epitafio.
Muchos nos perdemos en cofradías de licores
fugaces, procrastinamos una novela mentirosa y remontamos madrugadas en la
desolación y las deudas.
Otros nos refugiamos en altisonantes metáforas
indescifrables para eludir la crudeza de la calle y sentirnos una elitaria
casta luminosa.
Asumiendo a regañadientes nuestra enclenque
consecuencia, despotricamos por utopías deshilachadas en el viento de la
historia y tomamos aire, para seguir bregando contra nuestras debilidades y
personalismos.
Somos, al fin y al cabo, maestros chasquillas
de la palabra, pero hay una sensibilidad que está allí, que marca nuestro
quehacer.
Cuando caen las máscaras y el grito agónico de
pequeñas almas flageladas por el odio, remece las entrañas, algo profundo se
rebela en ira incontenible.
Entonces, nos asomamos por encima de fofas egolatrías y recobramos, en parte, el
sentido umbilical del humanismo.
Y nos reunimos, desconfiados del poder, de sus
mentiras, y zarpamos al desafío, a enfrentar marejadas y trenzar las manos en
un gesto primario de responsabilidad y compromiso.
Cada verso, cada frase, va tejiendo el mosaico
de la diversidad, bordado en un propósito universal de sobrevivencia en paz,
soberanía y justicia.
Mujeres y hombres, niños, jóvenes, adultos y
ancianos, nos reunimos, asumiendo el bien común, en resistencia frente a la
dominación del miedo y la mentira.
En esta coyuntura negra del planeta, cada
quien es un grano de arena en el universo de la consciencia, aportando una
visión de equilibrio y equidad, que augure espacios de humanidad en los que se
pueda asegurar que el fascismo, el sionismo, el negacionismo, la cultura de la muerte, Nunca Más.
Hernán Narbona Véliz
Valparaíso, 11 de Agosto de 2025
Desgobierno y estado de ánimo
Pudimos ver el cinismo con que el
gobierno declaraba como sensibles, actividades de la construcción, casinos,
cines y malls, y, como consecuencia de ello, miles de trabajadores viajando
hacinados en busca del sustento diario. Los que pudimos mantenernos a resguardo
lo hicimos, gracias a poder mantenernos en teletrabajo y contar con los medios
para ello, pero, en derredor, el grueso de la población ha venido viviendo una
verdadera tortura, al tener que sobrevivir en un abandono total, excluidos de bonos
o canastas, empobreciendo en medio de la despiadada acción de los acreedores, la
banca o el retail usurero, monopolios de servicios públicos en manos privadas,
y el propio Fisco, exigiendo el pago de contribuciones. Una pesadilla para la
clase media, con hipotecas o prendas, en proceso de ejecución e inminentes
remates de la casa propia. La indolencia del capitalismo salvaje ha mostrado su
peor cara, la ayuda que no ha llegado, la cesantía, las deudas que siguen
asfixiando a los sectores medios, mientras el gobierno, sin hacerse cargo de la
crisis, con una burocracia inepta y despiadada, entrabando la mezquina ayuda.
Cientos de miles de familias,
sin calificar para ningún socorro del Estado, debiendo recurrir a sus propios ahorros,
administrados por las AFP, que se han resistido a que los trabajadores puedan
acceder a sus dineros. En ese juego de máscaras, el Presidente de la República
ha querido tozudamente bloquear los retiros, pero sin gestionar una ayuda directa
a las familias, que configurara una renta mínima universal, que llegara a todos
los hogares. Siguió, obsesivo, intentando imponer su autoridad, queriendo
reactivar los negocios, sin respetar las medidas que recomendaba el Colegio
Médico o la Mesa Asesora Covid, sin escuchar a nadie. El tercer retiro contó
con amplísima aprobación y, porfiadamente, el Presidente Piñera envió el
proyecto de ley aprobado por ambas cámaras, al Tribunal Constitucional. Este
organismo terminó sepultando al gobierno en su propia salsa. Dejó a Sebastián Piñera
Echeñique en su peor soledad, con sus aliados tomando distancia del buque en
zozobra.
En una vorágine que iba mutando escenarios,
la gente está preparándose para retirar el tercer 10% de sus fondos
previsionales, lo que se espera como un oxígeno para la recesiva economía. En
este último período la política se centró en el trámite parlamentario de ese
proyecto de ley, pero el siguiente lunes, todo se focalizó en el desastre
político que para la derecha ha significado el fallo del TC, que no admitió ni
siquiera a trámite la presentación del Ejecutivo, lo que habla de impericia,
improvisación y ceguera política.
Como esto es un huracán
emocional, las encuestas lo han reflejado. Pamela Jiles, si no autora, sí
locomotora de los retiros de fondos de las AFP, se ha erguido con un 54% de
aprobación en la “reina de la encuestas”, la CEP, Centro de Estudios Públicos, lo
que la posiciona como una lideresa popular en la carrera presidencial. La sigue
Izkia Siches, Presidenta del Colegio Médico, con un 49% de aprobación, quien ha
enfrentado duramente la mala política sanitaria de Piñera. Sintomático que sean
dos mujeres las mejor evaluadas.
La calle, los “sin monea”, “los
nietitos”, como los llama la “Abuela”, se ven reflejados en la mediática parlamentaria
que dirige como Naruto las huestes contra Piñera y la clase política. Paralelamente, corre Daniel Jadue, que estaría representando a la
alianza Frente Amplio, Partido Comunista, con un 24%. Pero todo esto ha sido
una fotografía de un momento histórico: Piñera alcanza un 9% de aprobación y un
74% de rechazo, lo que evidencia un Presidente inexistente.
La emoción que se siente en la
calle, en los barrios asediados por el narcotráfico, es que allí no hay Estado,
pues los Carabineros han abandonado a las poblaciones y sólo llegan para
reprimir. Un Estado que ha sido corroído por la corrupción, genera una
sensación de impotencia, rabia, ira contenida como en una caldera a presión.
Hemos vivido en medio de
esta crisis por año y medio y la única opción que tenemos de caminar hacia un
cambio es asegurar la Convención Constitucional. El 26 de octubre de 2020,
un 80% de los votantes dijeron que no querían a los políticos redactando la
nueva Constitución. Sin embargo, los monos porfiados de la clase política se
resisten a salir del juego y usando la letra
chica, en su clásico estilo artero, siguen intentando camuflarse de demócratas,
demostrando, en los hechos, que su única intención siempre ha sido flotar,
mantener sus cuotas poder, bloquear los cambios y proponer un maquillaje. Su
acción mediática les permite una actuar hegemónico, pese a su paupérrima
adhesión popular.
La pandemia hizo posponer el plebiscito de abril
a octubre. Íbamos a votar el 11 de abril, la postergación de nuevo, por 5 semanas.
En los episodios recientes se vio la ineptitud, la avaricia, la evidencia de un
jefe de Estado que ha faltado a su deber
de proteger a los habitantes de Chile. Entender
lo que se juega a cada minuto, sería enmendar drásticamente la gestión de la
Presidencia, que cuenta con las facultades para las iniciativas legales que
impliquen gastos o impuestos.
Pero, no se le va a dar
fácil al Presidente, sus colaboradores y amigos. Un cerco jurídico va
cerrándose en torno a Sebastián Piñera:
·
Dos Comisiones Investigadoras de la Cámara de Diputados
han investigado los errores y negligencia en su manejo de la pandemia y su
actuación al Dictar el Decreto N°77 que favoreció directamente a Casinos Enjoy, en donde su fideicomiso
ciego, tendría conflicto de intereses.
·
En la comuna de la Cisterna, el abogado Luis
Mariano Rendón y la Arquitecta Lorena Meneses interpusieron acción judicial
contra Piñera y Paris, por su gestión irresponsable en el desconfinamiento de
la Región Metropolitana.
·
Y, en lo que sería la denuncia más grave en su
contra, el Juez Baltazar Garzón y Comisión Chilena de DDHH, acusaron al Presidente Piñera ante la Corte Penal
Internacional por crímenes de lesa humanidad, en acción interpuesta contra él y
sus colaboradores, policiales y militares, por la serie de violaciones a los
derechos humanos y las acciones de encubrimiento jurídico que ha desplegado en
el sistema judicial y las policías.
Escribo esta nota en momentos
en que Piñera llamó a desayunar a las mesas del Senado y la Cámara de Diputados,
mientras las protestas cunden. Hoy, 30
de abril, ha habido una Huelga Sanitaria
Nacional y Duelo por las víctimas de la pandemia. Un gobierno que, teniendo los
medios, se ha negado a una ayuda directa a las familias, a la vez que ha sido
generoso en proteger a los grandes grupos económicos, coloca la percepción
ciudadana en el límite de lo tolerable. Resignarse, a 10 meses del término de su
mandato, a entregar una ayuda efectiva mediante una renta universal de emergencia para 90 días, que permitiera una
cuarentena efectiva para frenar la pandemia, podría ser un camino de acuerdo
cupular entre los partidos y el Ejecutivo. Pero, mientras se conversa de esto,
el gobierno comienza a soltar la mano en el confinamiento de varias comunas, para
que el mercado aproveche el Día de la Madre del 9 de Mayo. Todo esto, podría
afectar, una vez más, lo importante para la ciudadanía, como lo es la elección
de constituyentes.
El chantaje emocional de potenciales
escenarios peores, significa que Piñera siga ignorando la explosión social de octubre,
refiriéndose a ella con un negacionismo que busca criminalizar las protestas
y usar el miedo como arma disuasiva. Pero, el pueblo sencillo y de a pie, siente
que ya ha tocado fondo y confía en que, en las elecciones próximas, de
constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales, podrá expresar su voto
castigo a los partidos de la ex Concertación y de Chile Vamos. Los partidos
tienen apenas un 2% de las aceptación ciudadana.
Hay una incógnita y es la gran
duda respecto a ese casi 60% de abstención histórica, que si se decide a votar
podría dar una gran sorpresa. De cualquier forma, votar en medio de una
pandemia será una epopeya, con todos los medios oficiales generando
desinformación, con millonarias campañas de los que estuvieron por el Rechazo,
pretendiendo el tercio que les permita frenar los cambios profundos.
Desde lo social, el mundo
independiente, que representa el 95% de la población, que no milita en partidos
políticos, ha articulado listas por diversos movimientos. Las fórmulas de
cifras repartidoras, se dice, favorecerán a los partidos, pero, al conocer la
mística de los movimientos sociales, como la Lista del Pueblo, Apruebo
Dignidad, Constituyentes a Toda Costa, por el Buen Vivir, entre otros, permite
esperar una gran sorpresa en términos de votación, con una gran participación
de jóvenes que darían gran respaldo a los candidatos constituyentes de raigambre
social y territorial.
Podrán decir que lo que
afirmo es una emoción de esperanza, una expresión de deseo. Bueno, puede que
sea así, ya lo dije al principio de esta columna, escribo desde las emociones,
como sino de los tiempos.
Hernán Narbona Véliz, Periodismo Independiente, 30 de abril de 2021.
"DESAPARECEN MAS DE 7.000 SUMARIOS DE CONSEJOS DE GUERRA, QUE CONDENARON A MAS DE 30.000 PRISIONEROS DE GUERRA DE LA DICTADURA": Titular de ese tiempo: 'Los expedientes de 7.419 Consejos de Guerra instruidos tras el pronunciamiento militar de 1973, que el Ejército ha negado siempre a la Justicia, se quemaron un año antes de que el ex Presidente Augusto Pinochet dejara el poder'.
"TENEMOS LOS AÑOS VIEJOS, PERO AÚN LUCHAMOS POR LA MEMORIA HISTÓRICA". TESTIMONIO DE ROBERTO SAPIAINS SOBRE EL CONSEJO DE GUERRA DE VALPARAÍSO:
"EL DÍA 24 DE OCTUBRE DE 1978 LLEGUÉ A INGLATERRA, EXPULSADO DE CHILE DESPUÉS DE CUMPLIR MÁS DE 5 AÑOS DE PRISIÓN POR CONDENA DEL CONSEJO DE GUERRA DE VALPARAÍSO, DESDE EL 11-09-1973 AL 23-10- 1978.
- EL 'CONSEJO DE GUERRA ROL A-17 SESIONÓ Y SENTENCIÓ EL MISMO DÍA 11 DE OCTUBRE 1973, SIN GARANTIZAR EL DEBIDO PROCESO JUDICIAL Y VIOLANDO GRAVEMENTE EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO, D.I.H.'.
- LA SENTENCIA DEL CONSEJO DE GUERRA ROL A-17, 'SE PUBLICÓ EL 12 DE OCTUBRE DE 1973 EN EL DIARIO EL MERCURIO DE VALPARAÍSO'.
- EL 15 DE OCTUBRE DE 1973, ‘ADOLFO WALBAUM WIEBER, CONTRAALMIRANTE JEFE MILITAR DE LA ZONA EN ESTADO DE SITIO DE LA PROVINCIA DE VALPARAÍSO’, EN EL PUNTO 1.-, DECRETA LA APROBACIÓN DE LA SENTENCIA, (YA QUE ‘NO EXISTÍA EL DERECHO DE APELACIÓN QUE GARANTIZA LA LEY INTERNACIONAL’), USANDO ATRIBUCIONES DEL DECRETO-LEY N° 3 Y DEL DECRETO-LEY N° 5. ADEMÁS, EN EL PUNTO 2.-, SE DICTA ‘EL CÚMPLASE DE LA SENTENCIA’, QUE TAMBIÉN FIRMA EL AUDITOR NAVAL DE GUERRA, CAPITÁN DE FRAGATA (J) ENRIQUE CAMPUSANO PALACIOS.
- EL 24 DE OCTUBRE DE 1973, SE CERTIFICA EL DECRETO DE ADOLFO WALBAUM WIEBER EN LA SENTENCIA DEL CONSEJO DE GUERRA N° A-17 Y SE ORDENA 'ENTREGAR COPIA FIEL DE LA SENTENCIA' DE ACUERDO AL ITEM 'DISTRIBUCIÓN', QUE INCLUYE AL PROPIO INTERESADO Roberto Sapiains Rodríguez.
- EL DÍA 9 DE NOVIEMBRE DE 1973, EL SUB-TENIENTE DE RESERVA CARLOS RIVERA HEAVEY, CERTIFICARÁ "QUE LOS FALLOS RECAÍDOS EN EL CONSEJO DE GUERRA ROL A-17, SE ENCUENTRAN FIRMES Y EJECUTORIADOS":
"En Valparaíso, a quince de octubre de mil novecientos setenta y tres.-
VISTOS: Con el mérito de las actuaciones del adjunto proceso y en uso de las atribuciones que me corresponde en carácter de Jefe Militar de la Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Valparaíso, con arreglo al Decreto Ley No.3, en relación con el Decreto Ley No.5 y los Arts.71 a 78 y 196 del Código de Justicia Militar, y artículos 3º y 13 de la Ley 17.798.-
DECRETO:
1.- Apruébase la sentencia dictada por el voto de mayoría, con fecha doce de octubre de mil novecientos setenta y tres, por el Consejo de Guerra constituido en esta ciudad para conocer de la infracción al Art.3º de la Ley 17.798 sobre Control de Armas, cometido por Roberto SAPIAINS Rodríguez, con declaración de que se le condena a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales correspondientes.-
2.- Cúmplase la citada sentencia y al efecto pasen los antecedentes al Sr. Fiscal Naval correspondiente, quien dispondrá lo necesario para trasladar al reo al establecimiento penal que corresponda una vez que se le haya notificado el Cúmplase de la sentencia.- (Fdo.) Adolfo WALBAUM Wieber, Contraalmirante, Jefe Militar Zona Estado de Sitio de la Provincia de Valparaíso.- (Fdo.) Enrique CAMPUSANO Palacios, Capitán de Fragata de Justicia, Auditor Naval.-
CERTIFICO: Que la presente es copia fiel de la sentencia y Decreto recaído en el Consejo de Guerra No. A-17 instruido contra ROBERTO SAPIAINS RODRIGUEZ POR INFRACCION AL ARTICULO 3º DE LA LEY No. 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS.
VALPARAISO 24 de octubre de 1973.-
CARLOS RIVERA HEAVEY, SUB-TENIENTE Rva., SECRETARIO.
DISTRIBUCIÓN:
1.- G. Central Ident. (S)
2.- G. Local Ident. (V)
3.- Cárcel Valparaíso
4.- Archivo
5.- Interesado.
CERTIFICO: Que los fallos recaídos en el Consejo de Guerra Rol A-17, se encuentran firme y ejecutoriados, así consta en el proceso en original que he tenido a la vista.- En Valparaíso, a nueve de noviembre de mil novecientos setenta y tres.
CARLOS RIVERA HEAVEY, SUB-TENIENTE Rva., SECRETARIO."
ANEXO AL ARTÍCULO “Sumarios de los Consejos de Guerra de la Dictadura Militar desaparecieron en 1989”, presento el documento “ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA DE VALPARAÍSO DE 11-10-1973”, un ‘Sumario de Consejo de Guerra’ utilizado por los Tribunales Militares para condenar a quienes quisimos defender, con armas, al Gobierno Legalmente Constituido del Presidente Salvador Allende. Los Tribunales Militares de Tiempo de Guerra operaron durante la etapa de Guerra Interna en Chile, declarada por la Dictadura Militar en el Decreto Ley N° 5’, a contar del 11-09-1973 y hasta el 10-03-1978, según el artículo 1 del Decreto Ley N° 2.191, de 18 de Abril de 1978, mal llamada 'Ley de Amnistía':
- “Sumarios de los Consejos de Guerra de la Dictadura Militar desaparecieron en 1989”.
La destrucción de los expedientes quedó registrada en un documento de la Subsecretaría de Guerra, según el cual los informes resultaron "quemados total o parcialmente " a raíz de "un atentado terrorista" la madrugada del 14 de noviembre de 1989.
SANTIAGO.- Los expedientes de 7.419 Consejos de Guerra instruidos tras el pronunciamiento militar de 1973, que el Ejército ha negado siempre a la Justicia, se quemaron un año antes de que el ex Presidente Augusto Pinochet dejara el poder. Según un documento oficial mantenido en "secreto" hasta ahora, los expedientes que el Ejército ha negado a los tribunales de justicia y a la Comisión Rettig, se quemaron en 1989, un año después de que Pinochet perdiera el plebiscito que significó el fin de su régimen. La destrucción de los expedientes quedó registrada en un documento de la Subsecretaría de Guerra, bajo referencia "dep.II/1 (s) num 4230/1/15" firmado el 24 de noviembre de 1989 por el actual comandante en jefe del Ejército, general Ricardo Izurieta Caffarena, cuando era subsecretario de Guerra con el grado de coronel, según informaron a EFE fuentes jurídicas relacionadas con uno de los casos de derechos humanos. Según el oficio, los expedientes resultaron "quemados total o parcialmente" a raíz de "un atentado terrorista" la madrugada del 14 de noviembre de 1989 en la comuna de La Reina, en el sector oriente de Santiago. Al día siguiente, el Ejército entregó un comunicado en el que informó que "documentación de archivo" resultó dañada por un incendio ocasionado por un "atentado con un cohete LOW", y agregó que en el lugar "se encontró un trozo de género con la consigna del movimiento terrorista Frente Patriótico Manuel Rodríguez y distintivos de ese grupo subversivo". En la escuela habitualmente dormían "unas 60 a 80 personas", pero esa noche no había nadie.
En el documento, Izurieta dio cuenta a la vice-comandancia en jefe del Ejército, que los 7.419 expedientes se encontraban "en almacenamiento transitorio en las dependencias de la Escuela de Educación Física". Estos expedientes han sido requeridos sin éxito al Ejército por la Corte Suprema de justicia, por el juez Juan Guzmán Tapia que instruye los procesos en contra de Pinochet y, en las últimas semanas, por los jueces designados para acelerar 114 causas por violaciones a los derechos humanos durante el gobierno militar. Según un oficio del 20 de diciembre de 1990, firmado por el Segundo Juzgado Militar de Santiago, el expediente sobre el "atentado" que destruyó los documentos fue "archivado" y no se señalaron culpables. "Se estima necesario un pronunciamiento por parte de la autoridad institucional pertinente respecto al procedimiento a seguir con los restos de la documentación", escribió Izurieta al final de su oficio N° 4230.
El juez Juan Guzmán pidió reiteradamente a partir de 1998 varios de los expedientes y sentencias de los Consejos de Guerra para sus investigaciones. El 15 de diciembre de 1998, el entonces subsecretario de Guerra y actual ministro de la Presidencia de Ricardo Lagos, Mario Fernández Baeza, informó a Guzmán por oficio N° 4071 que "solicitada la información al Ejército de Chile, la institución afirmó que no posee antecedente alguno relativo a las materias consultadas". Guzmán quería conocer, entre otros, los expedientes de los Consejos de Guerra por los cuales el grupo operativo enviado por Pinochet en octubre de 1973 al sur y al norte de Chile, conocido como la Caravana de la Muerte, había ejecutado a 12 prisioneros en Valdivia y a otros 15 en La Serena.
Aquellas ejecuciones extrajudiciales fueron justificadas ante el juez Guzmán por el enviado de Pinochet al mando de ese escuadrón, general Sergio Arellano Stark, como resueltas por "Consejos de Guerra". El juez Guzmán insistió en su petición, pero el 9 de junio de 1999, el jefe del Estado Mayor del Ejército, general Patricio Chacón, respondió a Guzmán por oficio 1595/587 que "revisada la documentación del Archivo General del Ejército, no existen antecedentes al respecto".
Con fecha 6 de noviembre de 1990, la Corte Suprema también pidió al Jefe del Estado Mayor del Ejército, general Rodrigo Sánchez Castilla, el expediente y la sentencia del Consejo de Guerra de Valdivia, pero tampoco le fue enviado. La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, que en 1991 entregó su informe acerca de los crímenes cometidos por el gobierno militar, se refirió a estos Consejos de Guerra. "Respecto de más de algunas de las muertes" cuya decisión supuestamente se tomó en un Consejo de Guerra, "la Comisión ha concluido que éste, presumiblemente, nunca se efectuó y no fue más que el modo de explicar una ejecución ilegal", concluyó el informe.
‘ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA DE VALPARAÍSO DE 11-10-1973’.
LA PARTE ‘INTRODUCCIÓN’ CORRESPONDE AL “TESTIMONIO QUE ENTREGUÉ AL ‘COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA’ Y A 'LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE NACIONES UNIDAS’, (COMISIÓN ALLANA)”.
- INTRODUCCIÓN: El día 11 de Octubre de 1973, me conducen en un furgón de gendarmería desde la Cárcel de Valparaíso al edificio de la Primera Zona Naval. En el segundo piso, que había sido la sede de la Intendencia Provincial, se había instalado el ‘Consejo de Guerra de Valparaíso’, constituido por los vocales: Capitán de Navío HERNAN BADIOLA BROBGERG; Capitán de Fragata HECTOR NUÑEZ CABRERA; Capitán de Fragata ARTURO NIÑO DE ZEPEDA; Capitán de Fragata SAMUEL GINSBERG ROJAS; Capitán de Corbeta VICTOR VILLEGAS HERRERA; Capitán de Corbeta WALDO CARRASCO HERRERAY; y Mayor de Ejército ALFONSO MATELUNA COLMENARES.
No tengo Abogado Defensor de mi confianza por cuanto “me negué a ser parte del circo”, así que se me proporciona un “defensor de turno”, un abogado de apellido Santelices, quien reconoce que “no ha tenido tiempo ni de preparar el caso, ni de entrevistarse con el acusado”. El Presidente del Consejo de Guerra, Capitán de Navío HERNAN BADIOLA BROBGERG, le da un plazo de 30 minutos para preparar la defensa. Se me pregunta “si tengo algo que decir y procedo a formular las siguientes objeciones”:
1.- Que he aceptado la “Calificación de Prisionero de Guerra”, la que se me notificó al momento de “ser detenido por las tropas de Infantería de Marina al mando del Teniente 1° CRISTIAN DE BONNAFÓS GÁNDARA y del Teniente 2° ARMANDO HODAR ALBA, de la Armada de Chile, y que se ratificó legalmente por el Fiscal HERNANDO MORALES, Capitán de Corbeta (J), de la Fiscalía Naval de Tiempo de Guerra de Valparaíso, el día 12 de Septiembre de 1973”. Pero que 'objeto' el que se me califique de 'Criminal de Guerra y se me someta a un Consejo de Guerra’, ya que "no corresponde 'Juzgar a un Prisionero de Guerra acusado del delito de estar armado’, por cuanto las normas del ‘CONVENIO DE GINEBRA RELATIVO AL TRATO DE PRISIONEROS DE GUERRA’, ARTÍCULO 3, AL CUAL ME ACOGÍ AL MOMENTO DE ‘SER CALIFICADO COMO PRISIONERO DE GUERRA’, aceptan que en un ‘Conflicto Armado sin Carácter Internacional’, como es el caso del Decreto-Ley N°5, 'las partes enemigas deben estar armadas’ sin que ello constituya delito alguno para esa Ley Internacional”.
2.- Que, desde el momento mismo de mi detención reconocí estar armado ‘PARA DEFENDER AL GOBIERNO LEGALMENTE CONSTITUIDO EN CHILE’ y reconocí ‘NO haber presentado resistencia armada a las Tropas Golpistas que se habían rebelado contra el Gobierno Constitucional’, debido a una ‘Orden Superior del Generalísimo de las Fuerzas de Aire, Mar y Tierra, tanto en Tiempo de Paz como en Tiempo de Guerra’ que, de acuerdo a la Constitución de 1925 vigente al 11-09-73, era el Presidente de la República de Chile Dr. SALVADOR ALLENDE, quien en su último Mensaje al país llamó a “NO sacar al pueblo a las calles para dejarse acribillar”. A ese Gobierno yo debía lealtad y obediencia, tanto por ser un funcionario público en ejercicio de un Cargo de Confianza del Presidente de la República, como por mi cargo político de ‘Presidente del Comité Provincial de la Unidad Popular de Valparaíso’. “Era mi deber defenderlo con las armas si era necesario y yo estaba dispuesto a hacerlo”.
3.- Que como ENEMIGO INTERNO fui Asimilado al Rango de Oficial Superior ya que era uno de los seis Dirigentes de la Unidad Popular de Valparaíso, cargo que comprobé con mi TARJETA DE IDENTIDAD N° 863, FIRMADA POR RAFAEL SEPÚLVEDA Y RAFAEL AGUSTÍN GUMUCIO, Secretario y Presidente de la Unidad Popular a nivel Nacional respectivamente, y que según podía observar el Presidente del Consejo de Guerra sólo tenía el rango de Capitán de Navío. Por lo tanto, “se estaba violando el CONVENIO DE GINEBRA que establece que ‘un Consejo de Guerra debe estar integrado por oficiales de rango igual o superior al del Prisionero de Guerra’ que están juzgando”. El Presidente del Consejo de Guerra “me expulsa de la audiencia” indignado por mis expresiones y el procedimiento es declarado SECRETO continuando sin mi presencia.
- ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA: “Valparaíso, a once de octubre de mil novecientos setenta y tres.
VISTOS: Se ha instruido sumario contra ROBERTO SAPIAINS RODRIGUEZ, chileno, soltero, domiciliado en Valparaíso, calle Capilla No. 777, por infracción a los artículos 3 y 13 de la Ley 17798 sobre Control de Armas y se han reunido en autos los siguientes elementos de convicción: declaración de Carlos José MUÑOZ Sánchez de fs.3, declaración indagatoria de Roberto SAPIAINS Rodríguez de fs.4, inspección personal de fs. 21vta., declaración del Teniente 2º de la Armada Sr. Armando HODAR Alba de fs.26.- A fs. 27 rola el dictamen Fiscal y a fs.28 la Resolución por la cual se convoca al Consejo de Guerra para la audiencia del día 11 de octubre de 1973, a las 15,00 horas, oportunidad en que se llevó a efecto la audiencia con asistencia de los vocales nombrados, el Fiscal, el Abogado Defensor del reo y del reo Roberto Sapiains Rodríguez.- Cumplidos los trámites legales el Consejo de Guerra deliberó y acordó el siguiente fallo:
CONSIDERANDO:
Primero :- Que con el mérito de la declaración de Carlos José Muñoz Sánchez de fs.3, que declara que estando en casa de Sapiains “efectivos de la Armada le practicaron un allanamiento a la casa, encontrando en una de las piezas mercaderías y posteriormente un arma de fuego”; de la declaración del Teniente 2º. Sr. Armando HODAR Alba de fs.26vta., que expresa que al practicar un allanamiento en casa de Sapiains encontró una ametralladora de procedencia argentina con tres cargadores de munición; y con la inspección personal del Tribunal de fs.21vta., se ha acreditado que con fecha 11 de septiembre de 1973, al practicarse un allanamiento en casa de Roberto Sapiains Rodríguez se encontró en su poder una ametralladora, calibre 9mm., sin marca.-
Segundo :- Que el hecho establecido en el considerando anterior es constitutivo del delito previsto en el Artículo 3º de la Ley 17798 que prohibe a toda persona la tenencia de armas como la individualizada precedentemente, y que la misma Ley señalada en su artículo 13 sanciona con las penas que dicha disposición señala;
Tercero .- Que con los testimonios señalados en el Considerando primero se ha acreditado la participación del reo Roberto Sapiains Rodríguez en el delito señalado, participación que además se encuentra acreditada en autos con la declaración indagatoria del propio reo Sapiains, quien en su declaración de fs.4 reconoce ser el dueño de la ametralladora la que recibió de terceros que no puede individualizar.-
Cuarto :- Que el hecho que el reo haya tenido en su poder una metralleta, en las circunstancias conmocionales que vivía el país el día que fue sorprendido hace presumir de su parte intenciones de acciones subversivas contra las Fuerzas Armadas y la población en general, circunstancias que configuran una agravante de su participación, en conformidad al artículo 12 No.10 del Código Penal.-
POR TANTO, en conformidad a los artículos 180 y siguientes del Código de Justicia Militar, Art. 459 del Código de Procedimiento Penal y Arts. 3º y 13 de la Ley No. 17.798 sobre Control de Armas:
SE DECLARA: Que se condena al reo Roberto SAPIAINS Rodríguez, ya individualizado, a la pena de DIEZ AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO y a las penas accesorias legales, por su participación como autor del delito previsto y sancionado en los Arts. 3º y 13 de la Ley 17.798 al tener en su poder una ametralladora.- Esta pena se contará desde la aprehensión del reo, o sea, del 11 de Septiembre de 1973.-
Sentencia acordada por los Vocales del Consejo de Guerra Sres. Capitán de Navío Hernán BADIOLA Brobgerg: Capitán de Fragata Héctor NUÑEZ Cabrera; Capitán de Fragata Arturo NIÑO DE ZEPEDA, Capitán de Corbeta Waldo CARRASCO Herreray, del Mayor de Ejército Alfonso MATELUNA Colmenares, y con el voto de prevención de los miembros del Consejo de Guerra Capitán de Fragata Samuel GINSBERG Rojas y del Auditor del Consejo de Guerra Capitán de Corbeta Víctor VILLEGAS Herrera quienes estuvieron por condenar al reo a la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO y accesorias legales eliminando en la sentencia el considerando cuarto porque la mera tenencia del arma, constitutiva de delito, no permite al sentenciador presumir intenciones de la comisión de otros hechos delictuosos, si esos presuntos hechos no se han manifestado en algunas de las formas sancionables por la ley.- El voto de minoría considera además que no concurre en la especie la agravante del Art.12 No.10 del Código Penal, toda vez que esta agravante supone una acción positiva por parte del reo en que éste aprovechándose de tales circunstancias señaladas por el Art.12 No.10 cause un mayor agravio a la víctima o persiga asegurar su impunidad, no operando esta agravante en los delitos pasivos de mera infracción a la norma penal.-
En Valparaíso, a quince de octubre de mil novecientos setenta y tres.-
VISTOS: Con el mérito de las actuaciones del adjunto proceso y en uso de las atribuciones que me corresponde en carácter de Jefe Militar de la Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Valparaíso, con arreglo al Decreto Ley No.3, en relación con el Decreto Ley No.5 y los Arts.71 a 78 y 196 del Código de Justicia Militar, y artículos 3º y 13 de la Ley 17.798.-
DECRETO:
1.- Apruébase la sentencia dictada por el voto de mayoría, con fecha doce de octubre de mil novecientos setenta y tres, por el Consejo de Guerra constituido en esta ciudad para conocer de la infracción al Art.3º de la Ley 17.798 sobre Control de Armas, cometido por Roberto SAPIAINS Rodríguez, con declaración de que se le condena a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales correspondientes.-
2.- Cúmplase la citada sentencia y al efecto pasen los antecedentes al Sr. Fiscal Naval correspondiente, quien dispondrá lo necesario para trasladar al reo al establecimiento penal que corresponda una vez que se le haya notificado el Cúmplase de la sentencia.- (Fdo.) Adolfo WALBAUM Wieber, Contraalmirante, Jefe Militar Zona Estado de Sitio de la Provincia de Valparaíso.- (Fdo.) Enrique CAMPUSANO Palacios, Capitán de Fragata de Justicia, Auditor Naval.-
CERTIFICO: Que la presente es copia fiel de la sentencia y Decreto recaído en el Consejo de Guerra No. A-17 instruido contra ROBERTO SAPIAINS RODRIGUEZ, POR INFRACCION AL ARTÍCULO 3º DE LA LEY No. 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS.
VALPARAISO, 24 de octubre de 1973.-
CARLOS RIVERA HEAVEY, SUB-TENIENTE Rv., SECRETARIO.
DISTRIBUCIÓN:
1.- G. Central Ident. (S)
2.- G. Local Ident. (V)
3.- Cárcel Valparaíso
4.- Archivo
5.- Interesado.
CERTIFICO: Que los fallos recaídos en el Consejo de Guerra Rol A-17, se encuentran firme y ejecutoriados, así consta en el proceso en original que he tenido a la vista.- En Valparaíso, a nueve de noviembre de mil novecientos setenta y tres.
CARLOS RIVERA HEAVEY, SUB-TENIENTE Rv., SECRETARIO.
FERNANDO TORRES SILVA, ERA FISCAL DE 'LA SEGUNDA FISCALÍA MILITAR DE SANTIAGO EL AÑO 1974' CON EL GRADO DE 'MAYOR': "FUE EL MAYOR DE EJÉRCITO FERNANDO TORRES SILVA, 'A CARGO DE LA II FISCALÍA MILITAR DE SANTIAGO EL AÑO 1974', EL OFICIAL 'QUE INICIÓ UN EXPEDIENTE DE PROCESO EN MI CONTRA' BAJO EL CARGO DE 'SER EL ORGANIZADOR Y CABECILLA DEL MOTÍN DE PRISIONEROS DE GUERRA EN LA CÁRCEL PRESIDIO DE VALPARAÍSO', MOTÍN QUE 'FUE UN INVENTO DEL GRUPO DE OPERACIONES ESPECIALES QUE FUNCIONABA BAJO EL NOMBRE CLAVE DE ANCLA 2'. LA PRIMERA DILIGENCIA PROCESAL DE ESTE FISCAL TORRES SILVA 'FUE ORDENAR UN CASTIGO DE 30 DÍAS A PAN Y AGUA, SIN COLCHONETA, Y CON APALEOS DIARIOS', APALEOS A CARGO DE 'LOS MAMELUCOS DE GENDARMERÍA'. LUEGO 'ORDENÓ ENVIARME A LONDRES 38 PARA SER INTERROGADO POR LA DINA', POR 'EL GRUPO DE TORTURADORES DIRIGIDO POR EL TENIENTE CORONEL PEDRO ESPINOZA BRAVO', JEFE DE OPERACIONES Y SEGUNDO AL MANDO DE LA DINA".
¡¡¡USTEDES 'GENERALES, ALMIRANTES Y CORONELES EN RETIRO, COBARDES, MENTIROSOS, HIPÓCRITAS Y TRAIDORES!!!
¡¡¡USTEDES 'NO HAN COMETIDO NI EXCESOS, NI ERRORES', SINO CRÍMENES DE GUERRA CONTRA 'QUIENES DEFENDIMOS ARMADOS AL GOBIERNO LEGÍTIMO DEL PRESIDENTE ALLENDE'!!!
¡¡¡USTEDES 'FORMARON PARTE DE LOS TRIBUNALES DE TIEMPO DE GUERRA EN CHILE', QUE VIOLARON GRAVEMENTE EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO, D.I.H, DURANTE 'EL ESTADO DE GUERRA SIN CARÁCTER INTERNACIONAL'!!!
¡¡¡USTEDES 'INTEGRARON LOS CONSEJOS DE GUERRA, QUE CONDENARON A PENA DE MUERTE O AÑOS DE PRISIÓN, SIN RESPETAR NI EL DEBIDO PROCESO, NI LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA DE LOS PRISIONEROS PROCESADOS!!!
¡¡¡USTEDES 'NO HAN COMETIDO NI EXCESOS, NI ERRORES', SINO CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD 'CONTRA LA POBLACIÓN CIVIL, QUE NO PARTICIPABA EN EL CONFLICTO ARMADO EN CHILE'!!!
¡¡¡USTEDES 'DIERON LAS ÓRDENES DIRECTAS PARA TORTURAR, VIOLAR, Y MASACRAR, A MUJERES Y NIÑOS', CUANDO EJERCÍAN MANDO DIRECTO 'SOBRE LA TROPA PINOCHETISTA'!!!
AQUÍ ESTÁ LA VERDADERA RAZÓN POR LA QUE 'RICARDO LAGOS ESCOBAR Y SUS COLABORADORES EN EL PPD, EL PS Y LA DC' QUIEREN 'MANTENER EL SECRETO IMPUESTO A LOS TESTIMONIOS PRESENTADOS A LA COMISIÓN VALECH I': “SE TRATA DE ‘OCULTAR, NEGAR Y ENCUBRIR LOS NOMBRES E IMÁGENES DE LOS AGENTES QUE PARTICIPARON EN OPERATIVOS DE REPRESIÓN, TORTURA Y ASESINATO’. EN OTRAS PALABRAS, 'CONTINUAR CON EL ENCUBRIMIENTO MASIVO DE LOS INTEGRANTES DE LA DINA, CNI, DINE Y OTRAS BRIGADAS DE EXTERMINIO QUE COMETIERON CRÍMENES DE GUERRA Y DE LESA HUMANIDAD’ DURANTE LA DICTADURA PINOCHETISTA”.
Londres 38 señaló a través de un comunicado: “Para nuestra amarga sorpresa la exhibición que realiza Canal 13C corta y saca del aire los minutos finales y pasa abruptamente al bloque publicitario; quitándole el espacio a la reflexión en torno a la historia y restando el contenido sustancial, aquel que le dota de principio de realidad al capítulo en cuestión”.
“Como Londres 38, espacio de memorias, denunciamos la decisión arbitraria de Canal 13C de censurar la imagen de los agentes que participaron en operativos de represión, tortura y asesinato. Esto constituye una forma de encubrimiento considerando que hoy muchos de ellos se encuentran libres y otros prófugos de la justicia. El canal católico de televisión-paga colabora, en ese sentido con la impunidad que hasta el día de hoy gozan los responsables de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico-militar instaurada el año 1973. Exigimos, por tanto, la reposición y re-exhibición integral de los capítulos de la serie Una historia necesaria en Canal 13C y el compromiso ético de este y de todos los medios de comunicación con la verdad de nuestra historia reciente, en el contexto de libertad de expresión y el pluralismo como valores insoslayables del periodismo".
EL CRIMEN DE RICARDO LAGOS ESCOBAR.-
El Ex Presidente de la República Ricardo Lagos Escobar, ‘prometió en su primera campaña presidencial dar estricto cumplimiento al Derecho Internacional Humanitario, (D.I.H) para lograr VERDAD Y JUSTICIA en las denuncias sobre los crímenes de guerra de la dictadura’. Para lograr este objetivo debió cumplir con el artículo 129 del Convenio de Ginebra que ordena: “Las Altas Partes Contratantes se comprometen a tomar todas las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves contra el presente Convenio definidas en el artículo siguiente. Cada una de las Partes Contratantes tendrá la obligación de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves y deberá hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad. Podrá también, si lo prefiere, y según las condiciones previstas en la propia legislación, entregarlas para que sean juzgadas por otra Parte Contratante interesada, si ésta ha formulado contra ellas cargos suficientes. Cada Parte Contratante tomará las oportunas medidas para que cesen, aparte de las infracciones graves definidas en el artículo siguiente, los actos contrarios a las disposiciones del presente Convenio. Los inculpados se beneficiarán, en todas las circunstancias, de garantías de procedimiento y de libre defensa, que no podrán ser inferiores a las previstas en los artículos 105 y siguientes del presente Convenio”.
Los ‘crímenes de guerra del Derecho.Internacional.Humanitario, D.I.H, están definidos en el artículo 130 de ese Convenio de Ginebra, que establece: “Las infracciones graves a las que se refiere el artículo anterior son las que implican uno cualquiera de los actos siguientes, si se cometen contra personas o bienes protegidos por el Convenio: el homicidio intencional, la tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos, el hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad física o la salud, el hecho de forzar a un prisionero de guerra a servir a las fuerzas armadas de la Potencia enemiga, o el hecho de privarlo de su derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente según las prescripciones del presente Convenio”.
Por su parte, el al artículo 132 del Convenio de Ginebra ordena: “Tras solicitud de una de las Partes en conflicto, deberá iniciarse una encuesta, (Comisión Investigadora) según las modalidades que se determinen entre las Partes interesadas, sobre toda alegada violación del Convenio. Si no se llega a un acuerdo sobre el procedimiento de encuesta, las Partes se entenderán para elegir un árbitro, que decidirá por lo que respecta al procedimiento que haya de seguirse. Una vez comprobada la violación, las Partes en conflicto harán que cese y la reprimirán lo más rápidamente posible”.
Estas disposiciones legales dieron origen a la “Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura”. Esta Comisión Nacional, más conocida como ‘Comisión Valech’, fue creada por el ExPresidente Ricardo Lagos para comprobar las denuncias sobre TORTURA, FUSILAMIENTOS ORDENADOS POR ‘LOS ILEGALES CONSEJOS DE GUERRA SUMARIOS’, ASESINATO DE PRISIONEROS CON LA FALSA APLICACIÓN DE LA LEY DE FUGA E INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE GUERRA PARA EMITIR SENTENCIA CONDENATORIA. Como actuación final de la Comisión se emitió el “Informe Valech”, en el cual “se comprueban las Infracciones Graves al Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra cometidas entre el 11.09.73 y el 10.03.78, período de ‘Estado Jurídico de Guerra en Chile’ declarado por el Decreto Ley Nº 5, de 12 de septiembre de 1973 y terminado por el Decreto Ley Nª 2.191, de 18 de abril de 1978”, y se publica una ‘Lista de personas Calificadas como Presos Políticos y/o Torturados’.
Sin embargo, el ExPresidente Ricardo Lagos decidió “imponer el ‘SECRETO POR 50 AÑOS’ sobre los antecedentes reunidos y comprobados por la Comisión Valech”. Esta decisión 'ha infraccionado gravemente las disposiciones del artículo 129, del artículo 130 y del párrafo final del artículo 132 del Convenio de Ginebra' y ha convertido a Ricardo Lagos Escobar en un CRIMINAL DE GUERRA, como 'ENCUBRIDOR de los crímenes de la dictadura y CÓMPLICE de los criminales de guerra de la DINA, CNI, DINE Y OTRAS BRIGADAS DE EXTERMINIO', que funcionaron bajo las órdenes de la Junta Militar y del Capitán General Augusto Pinochet Ugarte.
Roberto Sapiains Rodríguez
Jefe de la Izquierda Cristiana de Valparaíso, 1972-1973.
Presidente del Comité de Unidad Popular, Valparaíso, 1973.
Condenado por Consejo de Guerra, Valparaíso, 11-10-1973.
Prisionero de Guerra desde el 11-09-1973 al 23-10-1978.
Calificado con N° 22.845 en 'Lista Final Comisión Valech I'.
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